La organización estadounidense de lucha contra el poder de la corporaciones, Public Citizen, ha realizado un estudio de las condiciones que Pfizer ha impuesto a los Estados en la compra de su vacuna contra el Covid-19. Los expertos de Public Citizen, luego de analizar los contratos -las partes que no están censuradas- entre Pfizer y varios países concluyen que «ofrecen una visión poco común del poder que ha ganado una corporación farmacéutica para silenciar a los gobiernos, reducir el suministro, cambiar el riesgo y maximizar las ganancias en la peor crisis de salud pública en un siglo».
El poder de Pfizer
ZAIN RIZVI / PUBLIC CITIZEN
En febrero, Pfizer fue acusado de «intimidar» a los gobiernos en las negociaciones de la vacuna COVID en un artículo de la Oficina de Periodismo de Investigación. [1] Un funcionario del gobierno en ese momento señaló: «Dentro de cinco años, cuando estos acuerdos de confidencialidad terminen, se sabrá lo que realmente sucedió en estas negociaciones». [2]
Public Citizen ha identificado varios contratos de Pfizer sin censurar que describen el resultado de estas negociaciones. Los contratos ofrecen una visión poco común del poder que ha ganado una corporación farmacéutica para silenciar a los gobiernos, reducir el suministro, cambiar el riesgo y maximizar las ganancias en la peor crisis de salud pública en un siglo.
A continuación, describimos seis ejemplos en todo el mundo. [3]
Las demandas de Pfizer han generado indignación en todo el mundo, ralentizando los acuerdos de compra e incluso retrasando el calendario de entrega de vacunas. [16] Si se incluyen términos similares como condición para recibir dosis, pueden amenazar el compromiso del presidente Biden de donar mil millones de dosis de vacunas [17].
Los países de ingresos altos han permitido el poder de Pfizer a través de un sistema favorable de protección internacional de la propiedad intelectual. [18] Los países de altos ingresos tienen la obligación de controlar ese poder monopólico. La administración de Biden, por ejemplo, puede pedirle a Pfizer que renegocie los compromisos existentes y busque un enfoque más equitativo en el futuro. La Administración puede rectificar aún más el desequilibrio de poder compartiendo la fórmula de la vacuna, en virtud de la Ley de Producción de Defensa, para permitir que varios productores amplíen el suministro de vacunas. [19] También puede actuar para asegurar rápidamente una amplia exención de las normas de propiedad intelectual (exención de los ADPIC) en la Organización Mundial del Comercio. [20] Una respuesta en tiempos de guerra contra el virus no exige nada menos.
Pfizer se reserva el derecho a silenciar a los gobiernos
En enero, el gobierno brasileño se quejó de que Pfizer insistía en términos contractuales en negociaciones que eran «injustas y abusivas». [21] El gobierno señaló cinco términos que consideró problemáticos, que van desde una exención de inmunidad soberana sobre activos públicos hasta una falta de sanciones para Pfizer si las entregas se retrasan. La Oficina de Periodismo de Investigación pronto publicó una historia sobre las negociaciones de vacunas de Pfizer. [22]
Menos de dos meses después, el gobierno brasileño aceptó un contrato con Pfizer que contiene la mayoría de los mismos términos que el gobierno antes consideró injustos. [23] Brasil renunció a la inmunidad soberana; no impuso sanciones a Pfizer por entregas tardías; acordó resolver disputas bajo un arbitraje privado secreto bajo las leyes de Nueva York; e indemnizó ampliamente a Pfizer por reclamaciones civiles. [24]
El contrato también contiene un término adicional no incluido en otros acuerdos latinoamericanos [25] revisados por Public Citizen: El gobierno brasileño tiene prohibido hacer «cualquier anuncio público sobre la existencia, materia o términos del Acuerdo» o comentar sobre su relación con Pfizer sin el consentimiento previo por escrito de la empresa. [26] Pfizer obtuvo el poder de silenciar a Brasil.
Brasil no es el único que ha aceptado estas condiciones. Una disposición similar de no divulgación está contenida en el contrato de Pfizer con la Comisión Europea y con el gobierno de los Estados Unidos. [27] En esos casos, sin embargo, la obligación se aplica a ambas partes.
Por ejemplo, ni Pfizer ni el gobierno de EEUU pueden hacer “ningún anuncio público sobre la existencia, el tema o los términos de este Acuerdo, las transacciones contempladas en el mismo o la relación entre Pfizer y el gobierno a continuación, sin el consentimiento previo por escrito del otro ”. [28] El contrato contiene algunas excepciones para las divulgaciones requeridas por la ley. No está claro si Pfizer ha optado por prohibir a EEUU hacer declaraciones hasta el momento. La CE no puede incluir en ningún anuncio o divulgación, el precio por dosis, los volúmenes del cuarto trimestre de 2020, o información que sería importante para Pfizer, sin el consentimiento de Pfizer. [29]
Pfizer controla las donaciones de vacunas
Pfizer controla estrictamente el suministro. [30] El gobierno brasileño, por ejemplo, tiene restricciones para aceptar donaciones de vacunas Pfizer de otros países o comprar vacunas Pfizer de otros sin el permiso de Pfizer. [31] El gobierno brasileño también tiene prohibido donar, distribuir, exportar o transportar la vacuna fuera de Brasil sin el permiso de Pfizer. [32]
Las consecuencias del incumplimiento pueden ser graves. Si Brasil aceptara dosis donadas sin el permiso de Pfizer, se consideraría un «incumplimiento material incurable» de su acuerdo, lo que permitiría a Pfizer rescindir el acuerdo de inmediato. [33] Tras la terminación, se exigiría al Brasil que pagara el precio total de las dosis restantes contratadas. [34]
Pfizer se aseguró una «exención de propiedad intelectual» para sí misma
El director ejecutivo de Pfizer, Albert Bourla, se ha convertido en un defensor estridente de la propiedad intelectual en la pandemia. Calificó de «sin sentido» y «peligroso», al llamado de la OMS a compartir la propiedad intelectual para aumentar la producción de vacunas. [35] Dijo que la decisión del presidente Biden de respaldar la exención de los ADPIC sobre la propiedad intelectual era «muy errónea». [36] «La propiedad intelectual, que es la sangre del sector privado, es lo que trajo una solución a esta pandemia y no es una barrera en este momento ”, afirmó Bourla. [37]
Pero, en varios contratos, Pfizer parece reconocer el riesgo que representa la propiedad intelectual para el desarrollo, la fabricación y la venta de vacunas. Los contratos transfieren a los compradores gubernamentales, la responsabilidad de cualquier infracción de propiedad intelectual que Pfizer pueda cometer . Como resultado, según el contrato, Pfizer puede usar la propiedad intelectual de cualquier persona que le plazca, en gran parte sin consecuencias.
Al menos cuatro países deben “indemnizar, defender y eximir de responsabilidad a Pfizer” de y contra todas y cada una de las demandas, reclamos, acciones, daños, costos y gastos relacionados con la propiedad intelectual de las vacunas [38]. Por ejemplo, si otro fabricante de vacunas demanda a Pfizer por infracción de patente en Colombia, el contrato requiere que el gobierno colombiano pague la factura. A solicitud de Pfizer, se requiere que Colombia defienda a la empresa (es decir, tome el control de los procedimientos legales). [39] Pfizer también dice explícitamente que no garantiza que su producto no viole la propiedad intelectual de terceros, o que necesite licencias adicionales. .
Pfizer no asume ninguna responsabilidad en estos contratos por su posible infracción de la propiedad intelectual. En cierto sentido, Pfizer se ha asegurado una exención de propiedad intelectual. Pero a nivel internacional, Pfizer está luchando contra esfuerzos similares para eliminar las barreras de propiedad intelectual para todos los fabricantes. [40]
Los árbitros privados, no los tribunales públicos, deciden las controversias en secreto
¿Qué sucede si el Reino Unido no puede resolver una disputa contractual con Pfizer? Un panel secreto de tres árbitros privados, que no es un tribunal del Reino Unido, está facultado en virtud del contrato para tomar la decisión final. [41] El arbitraje se llevaría a cabo bajo las Reglas de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI). Ambas partes deben mantener todo en secreto: «Las Partes acuerdan mantener la confidencialidad de la existencia del arbitraje, los procedimientos arbitrales, las presentaciones realizadas por las Partes y las decisiones tomadas por el tribunal arbitral, incluidos sus laudos, excepto según lo requiera la Ley y en la medida en que no sean de dominio público. . «[42]
El borrador del contrato de Albania y los acuerdos de Brasil, Chile, Colombia, República Dominicana y Perú requieren que los gobiernos vayan más allá, con disputas contractuales sujetas al arbitraje de la CCI aplicando la ley de Nueva York. [43]
Si bien el arbitraje de la CCI que involucra a Estados no es infrecuente, las disputas que involucran a países de altos ingresos y / o productos farmacéuticos parecen ser relativamente raras. [44] En 2012, el 80% de las disputas estatales se produjeron en África subsahariana, Asia central y occidental, y Europa central y oriental. [45] Los casos estatales más comunes se referían a la construcción y operación de instalaciones. [46] En 2020, 34 estados participaron en arbitrajes de la CCI. [47] La naturaleza de las disputas estatales no está clara, pero sólo entre el 5 y el 7% de todos los casos nuevos de la CCI, incluidos aquellos entre particulares, estaban relacionados con la salud y los productos farmacéuticos. [48]
El arbitraje privado refleja un desequilibrio de poder. Permite a las empresas farmacéuticas como Pfizer eludir los procesos legales nacionales. Esto consolida el poder empresarial y socava el estado de derecho.
Pfizer puede ir tras los activos estatales
Las decisiones tomadas por los paneles arbitrales secretos descritos anteriormente pueden ser ejecutadas en los tribunales nacionales [49]. Sin embargo, la doctrina de la inmunidad soberana a veces puede proteger a los Estados de las corporaciones que buscan hacer cumplir y ejecutar laudos arbitrales.
Pfizer exigió a Brasil, Chile, Colombia, la República Dominicana y el Perú que renunciaran a la inmunidad soberana. [50]
La ejecución del laudo arbitral presenta cuestiones de derecho complejas que dependen de la ubicación física y el tipo de activo estatal. [53] Pero el contrato permite a Pfizer solicitar que los tribunales utilicen activos estatales como garantía de que se le pagará a Pfizer un laudo arbitral y / o utilizará los activos para compensar a Pfizer si el gobierno no paga. [54] Por ejemplo, en los tribunales de Estados Unidos, estos activos podrían incluir cuentas bancarias extranjeras, inversiones extranjeras y propiedad comercial extranjera, incluidos los activos de empresas de propiedad estatal como aerolíneas y compañías petroleras. [55]
Pfizer decide sobre temas clave
En el caso de Brasil, Chile y Colombia, por ejemplo, el gobierno “renuncia expresa e irrevocablemente a cualquier derecho de inmunidad que él o sus activos puedan tener o adquirir en el futuro” para ejecutar cualquier laudo arbitral [51 ] Para Brasil, Chile, Colombia y República Dominicana, esto incluye “inmunidad contra la incautación cautelar de cualquiera de sus activos”. [52]
¿Qué sucede si hay escasez de suministro de vacunas? En el borrador del contrato de Albania y el acuerdo de Brasil y Colombia, Pfizer decidirá los ajustes al cronograma de entrega con base a los principios que decidirá la corporación. Y Albania, Brasil y Colombia «se considerará que está (n) de acuerdo con cualquier revisión». [56]
Algunos gobiernos han rechazado la autoridad unilateral de Pfizer para otras decisiones. En Sudáfrica, Pfizer quería tener «la exclusiva discreción de determinar términos y garantías adicionales para que cumplamos con las obligaciones de indemnización». [57] Sudáfrica consideró esto «demasiado arriesgado» y un «riesgo potencial para [sus] activos y erario público»[58]. Después de demoras, Pfizer supuestamente concedió eliminar este «término problemático». [59]
Pero otros no han tenido tanto éxito. Como condición para celebrar el acuerdo, se requiere que el gobierno colombiano “demuestre, de una manera satisfactoria para los Proveedores, que los Proveedores y sus afiliados tendrán la protección adecuada, según lo determinado a discreción exclusiva de los Proveedores” de las reclamaciones de responsabilidad. . [60] Colombia debe certificar a Pfizer el valor de las obligaciones contingentes (es decir, el pasivo potencial futuro) y comenzar a asignar fondos para cubrir las obligaciones contingentes, de acuerdo con un programa de contribuciones. [61]
La capacidad de Pfizer para controlar decisiones clave refleja el desequilibrio de poder en las negociaciones de vacunas. En la gran mayoría de los contratos, los intereses de Pfizer son lo primero.
Buscar un camino mejor
El dominio de Pfizer sobre países soberanos plantea desafíos fundamentales para la respuesta a la pandemia. Los gobiernos pueden hacerlo retroceder. El gobierno de EEUU en particular, puede ejercer la influencia que tiene sobre Pfizer para requerir un mejor enfoque. Dar poder a varios fabricantes para producir la vacuna a través de la transferencia de tecnología y una exención de los ADPIC puede frenar el poder de Pfizer. La salud pública debe ser lo primero.
Referencias
[1] Madlen Davies, Rosa Furneaux, Iván Ruiz, Jill Langlois, ‘Held to Ransom’: Pfizer exige que los gobiernos jueguen con activos estatales para asegurar un acuerdo de vacunas, Oficina de Periodismo de Investigación (23 de febrero de 2021), https://tinyurl.com / t2z39a63.
[2] Id.
[3] Si bien existen similitudes entre los contratos, cada acuerdo es único. Los ejemplos específicos que se describen a continuación no reflejan otros contratos.
[4] En varios casos, los gobiernos firmaron acuerdos adicionales con Pfizer. Revisamos contratos selectos que estaban disponibles públicamente.
[5] Borrador de contrato Albania-Pfizer, (“Proyecto de contrato de Albania”), (6 de enero de 2021) https://www.documentcloud.org/documents/20616251-albanian-pfizer-covid-19-vaccine-contract. Las disposiciones finales del acuerdo pueden haber diferido de este borrador. Sin embargo, dadas las similitudes entre este borrador y los otros acuerdos revisados, creemos que las modificaciones, si las hubo, probablemente no fueron sustanciales. El contrato se filtró primero en Twitter y luego se compartió ampliamente en la prensa.
[6] Contrato Brasil-Pfizer (“Contrato Brasil”), (15 de marzo de 2021) https://aurores.org/wp-content/uploads/2021/08/Brazil-Pfizer.pdf. El contrato se filtró en línea y luego The Guardian lo cubrió en agosto. Consulte, por ejemplo, https://tinyurl.com/yupsz2j4.
[7] Contrato Colombia-Pfizer (“Contrato Colombia”), (2 de febrero de 2021), https://www.nodal.am/wp-content/uploads/2021/08/DOCUMENTO.pdf. El contrato se filtró en los medios colombianos en agosto. https://tinyurl.com/4vswvrz4. Actualmente se hace referencia a él en el Tablero del mercado de vacunas de UNICEF.
[8] Contrato Chile-Pfizer (“Contrato Chile”) (1 de diciembre de 2021), https://www.chiletransparente.cl/wp-content/uploads/2021/07/Acuerdo-de-fabricacion-y-suministro- PFIZER.pdf. Una iniciativa de transparencia chilena publicó una versión redactada del contrato.
[9] Contrato República Dominicana-Pfizer (“Contrato R.D.”) (29 de octubre de 2020), https://www.keionline.org/35485. Knowledge Ecology International obtuvo el contrato a través de una solicitud de ley de libertad de información.
[10] El texto estuvo sujeto a la aprobación del Congreso Nacional de la República Dominicana, que al parecer aprobó el texto sin objeciones. Pfizer y AstraZeneca, El juego de los contratos con letra pequeña, Dominican Today, https://tinyurl.com/yhasn7um.
[11] Contrato Comisión Europea-Pfizer («Contrato CE») (20 de noviembre de 2020), https://tinyurl.com/3bph89wy. La emisora pública italiana RAI publicó el Contrato CE en abril.
[12] 15,5 EUR.
[13] Contrato Perú-Pfizer (“Contrato Perú”) (17 de septiembre de 2020), https://tinyurl.com/y2ap74xz. La Oficina de Periodismo de Investigación publicó el contrato.
[14] Contrato Estados Unidos-Pfizer («Contrato de EE. UU.») (21 de julio de 2020), https://tinyurl.com/4k5j7d5u. El contrato está disponible en el sitio web del Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE. UU.
[15] Contrato Reino Unido-Pfizer («Contrato del Reino Unido») (10 de octubre de 2020), https://tinyurl.com/45vt6vd5. Este es probablemente el acuerdo definitivo que sigue al acuerdo inicial anunciado en julio. El contrato está disponible en el sitio web del gobierno del Reino Unido.
[16] Madlen Davies, Rosa Furneaux, Pfizer retrocede por «términos irrazonables» en el acuerdo de vacunas de Sudáfrica (19 de abril de 2021). https://tinyurl.com/tnys9u2c. («Describió cómo la demanda tardía de Pfizer provocó retrasos en las discusiones, lo que a su vez retrasó las fechas de entrega de vacunas previstas»). Véase también el retraso en Filipinas. Filipinas recibe una carta complementaria de Pfizer; La OMS ve pronto una resolución del ‘estancamiento’ (23 de febrero de 2021), https://tinyurl.com/3fs8z3cb («La entrega de 117.000 dosis de Pfizer-BioNTech, inicialmente prevista para mediados de febrero, se retrasó por preocupaciones sobre la indemnización»)
[17] Casa Blanca, HOJA INFORMATIVA: El presidente Biden anuncia la histórica donación de vacunas: medio billón de vacunas Pfizer a las naciones de ingresos más bajos del mundo (10 de junio de 2021), https://tinyurl.com/he8bm9tk
[18] Peter Drahos y John Braithwaite, Feudalismo de la información: ¿Quién es el dueño de la economía del conocimiento? (2007) (rastreando el papel de Pfizer en la defensa de un sistema de protección internacional de patentes).
[19] Zain Rizvi, Jishian Ravinthiran, Amy Kapczynski, Compartiendo el conocimiento: cómo el presidente Joe Biden puede utilizar la Ley de producción de defensa para poner fin a la pandemia en todo el mundo, Blog de asuntos de salud (6 de agosto de 2021), https: //www.healthaffairs. org / do / 10.1377 / hblog20210804.101816 / full /
[20] Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC).
[21] Madlen Davies, Rosa Furneaux, Iván Ruiz, Jill Langlois, ‘Held to Ransom’: Pfizer exige que los gobiernos jueguen con activos estatales para asegurar un acuerdo de vacunas, Oficina de Periodismo de Investigación (23 de febrero de 2021), https://tinyurl.com / t2z39a63.
[22] Id.
[23] Una cláusula que parece haber cambiado es el número de dosis suministradas por Pfizer. Tampoco está claro si Brasil desarrolló un fondo de garantía bancaria extranjera.
[24] Contrato de Brasil, nota 6, artículo 9.4 (Renuncia a la inmunidad soberana), pág. 45, artículo 2.6 (retrasos en la entrega), pág. 34, artículo 9.4 (Renuncia a la inmunidad soberana) pág. 45, Artículo 3.1 (Indemnización por parte del Comprador), pág. 43, respectivamente.
[25] Los otros contratos latinoamericanos examinados contienen una obligación de no divulgación más limitada. Por ejemplo, en virtud del contrato con Colombia, ni Pfizer ni Colombia pueden “utilizar el nombre, el nombre comercial, las marcas de servicio, las marcas comerciales, la imagen comercial o los logotipos de la otra Parte en comunicados publicitarios, publicidad o cualquier otra publicación, sin el consentimiento previo por escrito de la otra Parte. consentimiento en cada caso «. Esto no parece prohibir que el gobierno hable sobre el contrato, siempre que no sea un «comunicado de publicidad, publicidad o cualquier otra publicación».
[26] Contrato de Brasil, artículo 12.3 (Publicidad), pág. 32 (“El Comprador no hará, ni permitirá que ninguna persona haga, ningún anuncio público sobre la existencia, el tema o los términos de este Acuerdo, las transacciones más amplias contempladas en él, o la relación entre las Partes (excepto según lo requiera la Ley, y sujeto a las protecciones establecidas en la Sección 10.1), sin el consentimiento previo por escrito de Pfizer (dicho consentimiento no se denegará o retrasará injustificadamente) ”.
[27] Contrato CE, nota al pie 11, artículo II.10 (Anuncios y publicidad), pág. 36.
[28] Contrato de los Estados Unidos, nota al pie 14, artículo 11.11 (Anuncios), pág. 25.
[29] Contrato CE, nota al pie 11, artículo II.10 (Anuncios y publicidad), pág. 36.
[30] Por ejemplo, Colombia también está obligada a distribuir la vacuna solo en su territorio. Contrato con Colombia, nota al pie 7, artículo 4.6 (Cuestiones de desvío), pág. 23 (“Todo Producto entregado al Comprador será: (a) almacenado de manera segura por el Comprador; y (b) distribuido por el Comprador solo en Colombia de una manera segura apropiada a la ruta de transporte y destino, en cada caso (a) y (b ) para prevenir y disuadir el robo, desvío, manipulación, sustitución (con, por ejemplo, falsificaciones), reventa o exportación fuera de Colombia, y para proteger y preservar la integridad y eficacia del Producto ”).
[31] Contrato de Brasil, nota 6, artículo 2.1 (f) (Acuerdo de suministro), pág. 31 (“El Comprador, incluida cualquier Persona relacionada o cualquier agente del Comprador, se compromete a obtener exclusivamente todo su suministro de cualquier Vacuna de Pfizer, BioNTech o sus respectivas Afiliadas destinadas a la prevención de la enfermedad humana COVID-19 (incluido el Producto) ya sea (i) directamente de Pfizer o de Pfizer a través de la Instalación de COVAX, o (ii) de un Tercero, ya sea por donación, reventa o de otro modo, solo si el Comprador ha obtenido el consentimiento previo por escrito de Pfizer. Cualquier incumplimiento de esta Sección 2.1 (f ) se considerará un incumplimiento material no subsanable de este Acuerdo, y Pfizer puede rescindir este Acuerdo inmediatamente de conformidad con la Sección 6.2. Para mayor claridad, nada en esta Sección 2.1 (f) impedirá que el Comprador compre productos de vacunas de la competencia de cualquier Tercero. «) .
[32] Contrato de Brasil, nota 6, artículo 4.6 (Cuestiones relativas a la desviación), pág. 38 («El Comprador no revenderá, donará, distribuirá, exportará ni transportará el Producto, directa o indirectamente, fuera del Territorio sin el consentimiento previo por escrito de Pfizer»).
[33] Contrato de Brasil, nota 6, artículo 2.1 (f) (Acuerdo de suministro), pág. 31.
[34] Contrato de Brasil, nota 6 de pie de página, párrafo 2 del artículo 6 (Rescisión por causa justificada), pág. 27 (“En caso de que Pfizer rescinda este Acuerdo en virtud de esta Sección 6.2, el Comprador pagará dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de notificación de terminación de este Acuerdo el Precio total de todas las Dosis Contratadas menos los montos ya pagados a Pfizer a partir de esa fecha ”).
[35] Ed Silverman, líderes farmacéuticos eliminan el grupo voluntario de derechos de patente de la OMS sobre productos Covid-19, STAT (28 de mayo de 2020), https://www.statnews.com/pharmalot/2020/05/28/who-voluntary -pool-patentes-pfizer /
[36] EEEUU respalda la exención de protección de la propiedad intelectual para las vacunas Covid-19, Wall Street Journal (6 de mayo de 2021), https://www.wsj.com/articles/us-backs-waiver-of-intellectual-property-protection -para-vacunas-covid-19-11620243518
[37] La OMC retrasa la decisión sobre la exención de derechos de vacunas y medicamentos COVID-19 (10 de diciembre de 2020), https://www.reuters.com/article/us-health-coronavirus-wto-idUSKBN28K2WL
[38] Esto se extiende a todas las demandas civiles, incluidos los efectos adversos. Eso se ha detallado en otro lugar: Madlen Davies, Rosa Furneaux, Iván Ruiz, Jill Langlois, ‘Held to Ransom’: Pfizer Demands Government Gamble with State Assets to Secure Vaccine Deal, Bureau of Investigative Journalism (23 de febrero de 2021), https: // tinyurl.com/t2z39a63
[39] Contrato de Colombia, nota 7, artículo 8.2 (Asunción de defensa), pág. 31.
[40] Pfizer firmó la carta de oposición a la exención de los ADPIC enviada al presidente Biden en marzo, por ejemplo. Carta de PhRMA oponiéndose a la exención de TRIPS al presidente Biden (5 de marzo de 2021), https://patentdocs.typepad.com/files/2021-03-05-phrma-letter.pdf
[41] Contrato del Reino Unido, nota a pie de página 15, artículo 23 (Resolución de disputas) pág. 36. (“El laudo arbitral será definitivo y vinculante para las Partes, y las partes se comprometen a llevar a cabo cualquier laudo sin demora. Cualquier tribunal que tenga jurisdicción sobre el laudo o que tenga jurisdicción sobre la parte relevante o sus activos puede dictar sentencia sobre el laudo ”).
[42] Id.
[43] Artículo sobre ley aplicable. Proyecto de contrato de Albania pág. 34, Contrato Brasil pág. 45, Contrato Chile pág. 29, Contrato Colombia pág. 43, Contrato DR pág. 17, Contrato Perú pág. 9.
[44] Nuestro análisis se ve limitado por la falta de transparencia.
[45] Arbitraje que involucra a estados y entidades estatales bajo las Reglas de Arbitraje de la CCI – Informe de la Comisión de Arbitraje y ADR de la CCI (2012), https://iccwbo.org/publication/arbitration-involving-states-state-entities-icc -reglas-informe-arbitraje-icc-comisión-arbitraje-adr /, pág. 4.
[46] Arbitraje que involucra a estados y entidades estatales bajo las Reglas de Arbitraje de la CCI – Informe de la Comisión de Arbitraje y ADR de la CCI (2012), https://iccwbo.org/publication/arbitration-involving-states-state-entities-icc -reglas-informe-arbitraje-icc-comisión-arbitraje-adr /, pág. 4.
[47] También participaron 194 entidades de propiedad estatal. Estadísticas de resolución de disputas de la CPI 2020, https://iccwbo.org/publication/icc-dispute-resolution-statistics-2020/ pág. 11. Ver también, un mecanismo análogo conocido como resolución de disputas entre inversionistas y estados, que se basa en el derecho internacional y no en los contratos: Global Trade Watch, Tabla de casos y reclamos entre inversionistas extranjeros y estados en virtud del TLCAN y otros «acuerdos comerciales» de EE. UU. ( 15 de enero de 2021), https://www.citizen.org/article/table-of-foreign-investor-state-cases-and-claims-under-nafta-and-other-us-trade-deals/
[48] Estadísticas de resolución de disputas de la CPI 2020, https://iccwbo.org/publication/icc-dispute-resolution-statistics-2020/ pág. 17.
[49] Convención de las Naciones Unidas sobre el reconocimiento y la ejecución de laudos arbitrales extranjeros (Nueva York, 10 de junio de 1958) (“Cada Estado Contratante reconocerá los laudos arbitrales como obligatorios y los ejecutará de conformidad con las reglas de procedimiento del territorio donde se dicten se confía, en las condiciones establecidas en los siguientes artículos. ”)
[50] Artículo sobre renuncia a la inmunidad soberana. El idioma difiere en algunos de los contratos. Contrato Brasil, pág. 45, Contrato Chile pág. 24, Contrato Colombia pág. 36, Contrato DR pág. 17, Contrato Perú pág. 9.
[51] Id.
[52] Id.
[53] En Estados Unidos, el estatuto que rige es la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras (FSIA). 28 U.S.C § 1602. La propiedad soberana utilizada para la actividad comercial se puede utilizar para ejecutar una sentencia basada en un laudo arbitral si el estado ha renunciado a la inmunidad. También se pueden utilizar bienes pertenecientes a una dependencia de un Estado extranjero que se dedique a una actividad comercial. 28 U.S.C § 1610. Sin embargo, ciertos tipos de propiedad soberana extranjera son absolutamente inmunes al embargo y ejecución de laudos. Esto incluye bienes pertenecientes al banco central o autoridad monetaria extranjeros y bienes utilizados con fines militares. 28 U.S.C § 1611.
[54] Según la FSIA, esto se conoce como «embargo antes de la emisión del juicio» y se puede hacer si el Estado renuncia a este tipo de inmunidad y «el propósito del embargo es asegurar la satisfacción de un juicio que ha sido o puede en última instancia, contra el Estado extranjero «. 28 U.S.C § 1610
[55] Otras jurisdicciones pueden manejar estas cuestiones de manera diferente, exponiendo potencialmente otros tipos de activos soberanos. Estos activos también pueden ser vulnerables en las negociaciones de acuerdos.
[56] Proyecto de contrato de Albania, pág. 14. Contrato Brasil, pág. 22. Contrato Colombia, pág. 15.
[57] Pfizer retrocede sobre términos irrazonables en el acuerdo de vacunas de Sudáfrica (19 de abril de 2021), https://www.thebureauinvestigates.com/stories/2021-04-19/pfizer-backs-down-over-asset-seizing- cláusula-en-sudáfrica-acuerdo-vacuna.
[58] Id.
[59] Id.
[60] Contrato Colombia, nota 7, artículo 8.5 (Privilegios e inmunidades), pág. 32. Esto incluye, entre otros, la financiación de fondos de contingencia contractuales estatales.
[61] Id.
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